Enfoque Informativo

Tras pausa, prevén que el aval legislativo se otorgue en el próximo mes de abril

A más de un año de que el Senado de la República aprobara el dictamen que expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, los legisladores retomaron la discusión y estiman que se apruebe un nuevo proyecto en el actual periodo de sesiones, que concluye en abril de este 2022.

El pasado 15 de febrero, la presidenta de la Comisión de Salud, Lilia Margarita Valdez, informó que iniciarían los trabajos conjuntos con la Comisión de Justicia. “A ver si este tema ya lo resolvemos en los próximos días”.

Aunque en junio pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la prohibición absoluta al consumo lúdico y exhortó al Congreso de la Unión a legislar al respecto, los senadores continuaban postergando el trabajo.

La actual iniciativa disminuye la edad para el uso lúdico, de 21 a 18 años. Además, se limita la venta a 28 gramos para cada persona por establecimiento al día. La Comisión Nacional contra las Adicciones supervisará el proceso de producción, desde la siembra hasta la cosecha, y dará los permisos para crear asociaciones o clubes de consumo. Las asociaciones tendrán entre dos y 20 miembros mayores de 18 años, con un máximo de cuatro plantas por socio y menos de 50 plantas de marihuana por grupo. Las empresas que comercialicen la marihuana para consumo lúdico deberán atenerse a un etiquetado estricto con la leyenda “solo para venta en México”.

Tras realizar un análisis de la propuesta, la asociación civil México Unido Contra la Delincuencia destaca que uno de los avances es el reconocimiento de que no se castigarán penalmente los actos relacionados al autoconsumo, siempre y cuando la portación individual no supere los 200 gramos. “A pesar de ello, persisten sanciones administrativas entre los 28 y los 200 gramos”. En el caso de este último, se aplica una multa de hasta 28 mil 866 pesos o 20 horas de trabajo comunitario. En caso de reincidencia, se duplican ambas sanciones.

También se prohíbe consumir marihuana en puntos de concurrencia masiva donde pueden estar presentes menores de edad, “conforme a la normatividad municipal, así como cualquier otro lugar en donde estén o pudieran estar expuestas personas a los efectos nocivos del humo de segunda mano”.

Se mantiene delito por posesión

Aunque se incrementó la cantidad permitida, se mantiene como delito la posesión simple de marihuana, de acuerdo con el anteproyecto de Ley Federal para la Regulación del Cannabis Psicoactivo que discutirá el Senado de la República.

La posesión simple de más de 200 gramos y menos de 28 kilos será sancionada con una pena de 10 meses hasta tres años de prisión y 80 días de multa. Por la misma cantidad pero con fines de comercio o suministro, se impondrá de cuatro a ocho años de prisión y hasta 400 días de multa. El pasado 15 de febrero, la Comisión de Justicia hizo llegar el anteproyecto a la Comisión de Salud para iniciar la revisión.

En el documento se propone la creación del Instituto Mexicano de Regulación y Control del Cannabis, que se constituirá como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud y será el encargado de sancionar administrativamente “sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas de delitos”.

El Instituto determinará los mecanismos y procedimientos de certificación y seguimiento del cannabis y sus productos.

Los actos propios del autoconsumo de cannabis de las personas físicas en su vivienda o casa habitación, quedan exceptuados de los mecanismos y procedimientos de certificación y seguimiento.

Las personas que realicen actividades relacionadas con el autoconsumo, podrán tener hasta seis plantas de cannabis, “así como el producto de la cosecha de la plantación por persona, las cuales deberán permanecer en la vivienda o casa habitación”.

Puntos principales

  • La asociación civil México Unido Contra la Delincuencia realizó un análisis de los principales cambios del anteproyecto de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis Psicoactivo, con respecto a la iniciativa presentada en diciembre pasado. Destacan estos puntos:
  • Disminuye la edad para el uso lúdico de cannabis psicoactivo, de 21 años a 18 años y se prohíbe la importación y exportación de cannabis psicoactivo.
  • Se eliminan los permisos para personas de agrupaciones cannábicas, antes llamadas “asociaciones”. Se limita el número de miembros de agrupaciones cannábicas a 20 personas. Se permite la venta de 28 gramos por persona por establecimiento al día. Regresa el término de uso lúdico en lugar de uso adulto. Se prohíbe regalar el cannabis psicoactivo.
  • Se aclararon las penas para la posesión simple, la posesión con otros fines, así como las conductas relacionadas con la producción, transporte, tráfico, comercio y suministro de cannabis psicoactivo.
  • Se elimina la excepción propuesta en favor de pueblos, comunidades indígenas, campesinos, ejidatarios y comunidades agrarias, o en situación de marginación, que por sus condiciones o características étnicas sean afectados, con relación a la pena de seis meses a tres años de prisión por cultivo de cannabis psicoactivo sin autorización. Dicha excepción imponía una multa y la destrucción del cultivo, en lugar de la cárcel.
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