Por: Juan José Romero
La denuncia o queja se encuentra en etapa de investigación, señalo el consejero electoral.
El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), no ha notificado a los involucrados en la denuncia interpuesta por la alcaldesa Normal Otilia Hernández Martínez en contra de los dirigentes estatales de Morena, Jacinto González y Alberto Catalán Bastida del PRD, el secretario General de Gobierno, Ludwig Marcial Reynoso Núñez, así como los periódicos, Vértice Diario de Chilpancingo y el Diario de Guerrero, por violencia política en razón de género debido a que el asunto se encuentra en una etapa de investigación.
El consejero presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana reveló que este tipo de denuncias presentadas por servidores públicos son interpuestas ante la Coordinación de lo Contencioso Electoral que depende de la secretaria ejecutiva del IEPC.
El consejero Amadeo Guerrero Onofre, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del órgano electoral explicó que el proceso que siguió la demanda que interpuso la alcaldesa capitalina es primeramente la radicación de la queja o denuncia y en términos de la Ley electoral local, “se establece ahí como termino para admitir o desechar la queja se tiene un termino de 24 horas” y una vez que se termina ese plazo se emplaza al juicio a las personas denunciadas.
“En este caso se radicó (la demanda) y se dictó un acuerdo para establecer medidas preliminares de investigación y ahorita en este momento la etapa en la que se encuentra es en este periodo de investigación que está llevando a cabo la coordinación de lo contencioso electoral”, apuntó.
No obstante, explicó el reglamento sobre quejas y denuncias por violencia política en razón de género, señala que la coordinación de lo contencioso electoral si considera necesario dictar medidas preventivas de inicio de investigación y en ese sentido se tiene que desahogar toda esa línea de investigación y hasta que se cierra esa etapa es cuando se inicia el plazo de 24 horas para admitir a tramite la queja en comento.
Hasta ahora lo que hay en el IPEC, dijo Guerrero Onofre, es que las quejas aun se encuentran en el área de lo contencioso electoral, y se encuentra precisamente en la etapa de investigación y hasta en tanto se tengan los elementos necesarios se admitirá la queja y se emplazará a los involucrados.
“Si en la queja se solicitan medidas cautelares o medidas cautelares de protección, también se hace el análisis correspondiente por la coordinación de lo contencioso electoral, elabora el proyecto de medidas cautelares, y lo remite a la comisión de quejas y denuncias que esta integrada por 3 consejeros”, explicó.
Ya en esta instancia, es decir, en la comisión de quejas y denuncias, esta se pronuncia sobre la procedencia o improcedencia de las medidas cautelares o medidas de protección, indicó.
Dijo que una vez que se emplaza a las personas involucradas en esta demanda, a una audiencia de pruebas y alegatos, inmediatamente que se lleva a cabo esa audiencia se remite el expediente al Tribunal Electoral del Estado para que emita una sentencia al respecto.
Detalló que, a partir de las reformas en materia electoral del 2014, este tipo de procedimientos especiales sancionadores en violencia política en razón de género se resuelvan a través de dos instancias, correspondiéndole al IPEC la etapa de la sustanciación del procedimiento mientras que la parte resolutoria le corresponde al Tribunal Electoral del Estado.
El consejero Guerrero Onofre reveló que no es el primer caso que se presenta, pues ha habido otros procedimientos sobre todo contra medios de comunicación que se han visto involucrados en este tipo de casos.