Cuando llegue a vivir a Guerrero hace unas décadas, y conocí la región de la Montaña Tlapa específicamente, hubo algo que llamo poderosamente la atención, y era la posibilidad de conseguir una muchachita como sirvienta, pero había que pagar por ello. Después tuve la oportunidad de conocer como era ese intercambio de dinero por una persona, que me parecía más bien un tema de esclavitud, la única condición era que había que alimentarle bien y que por supuesto no podría regresar nunca con sus padres ni a su pueblo. En aquellos días no sabía de los usos y costumbres de la etnia mixteca, que utilizan a sus niñas pequeñas como moneda de cambio, ya que como ellas no pueden ayudar al padre en sus faenas agrícolas, resultaba más redituable venderla a cambio de una  buena cantidad de dinero, una vaca y bastantes cartones de cerveza para la fiesta de la boda. Años después con la organización de la sociedad civil, Guerreros por una Vida Mejor A.C. comenzamos a trabajar en los municipios de Cochoapa El Grande, Acatepec y Metlatonoc para concientizar a las niñas, adolescentes y mujeres sobre el tema de Trata de Personas, en donde el matrimonio forzado, es una de sus variantes, junto con la explotación sexual, el trabajo forzado, la mendicidad y la extracción de órganos. Hace varias semanas en el municipio de Cochoapa El Grande en el estado de Guerrero, se supo el caso de una niña indígena mixteca de 15 años, quien fue llevada a la cárcel municipal con su abuela y sus hermanas, después  de haber huido de los ataques de su suegro quien había pagado por ella a sus padres años antes, e  intentaba violarla. Al conocerse el caso en la opinión pública nacional, volvió a resurgir  el tema de la compraventa de niñas en entidades como Chiapas y Guerrero.

Los llamados “usos y costumbres” son procedimientos o practicas ancestrales que llegan hasta nuestros tiempos disfrazados de ordenes culturales aceptados por las comunidades, hay que recordar que  los primeros tiempos de la antigüedad, “la costumbre fue la más importante fuente de Derecho”. Las cerradas configuraciones del entorno familiar, la sumisión a los dogmas y mitos antiguos posibilitaron que, por centurias, el Estado estuviera al margen de modificar aquellas costumbres que dañan y violentan los derechos humanos de las personas. Afortunadamente las costumbres y las leyes evolucionan con el tiempo, y  las leyes modernas predominen sobre las costumbres. En el caso descrito con anterioridad de la muchacha mixteca de Cochoapa El Grande, el sujeto que la compro, papa del novio,  la mantuvo trabajando años en el campo como jornalera mientras el cobraban su salario. (Explotación laboral). Hay que recordar la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas en su artículo 5 indica claramente  que: “Comete el delito de trata de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre o a la extirpación de un órgano. Cuando este delito sea cometido en contra de personas menores de edad o en contra de quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo, no se requerirá acreditación de los medios comisivos”.

La gran tragedia del matrimonio forzados, es que una niña de 11 o 12 años, no puede entender, porque se tiene que ir de su hogar, y abandonar a su familia mientras es intercambiada por dinero, y todo en contra de su voluntad, sin poder evitarlo. Los compradores la envían a trabajar como jornalera, y todo ello amparado por “usos y costumbres”, definitivamente esto se clasifica como trata de personas. “El Código Civil federal prohíbe el matrimonio a menores de edad. México es uno de los países con la tasa más alta de matrimonio infantil en el mundo. Casi 300,000 niñas y niños se han visto obligados a contraer matrimonio, la mayoría vendidos a una pareja mayor”.  Nuestro país en el año 2019,  prohibió por ley el matrimonio infantil, como resultado de la entrada en vigor de diversas reformas al Código Civil Federal que lo prohíbe explícitamente, anulando también la posibilidad de que autoridades o familiares soliciten dispensas o consentimiento para contraerlo antes de los 18 años. El resultado hasta ahora, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de las Mujeres, ha sido que mientras 23.6 por ciento de las mujeres nacidas entre 1964 y 1968 se casaron o unieron antes de los 18 años, para las que nacieron entre 1994 y 1999 esta proporción fue de 20.5 por ciento. Los estados con mayor porcentaje de matrimonios o uniones antes de cumplir los 18 años son Guerrero, Chiapas, Tabasco, Campeche y Michoacán, en ese orden. El 42 por ciento de las mujeres que se casaron o se unieron en ese rango de edad viven en zonas rurales, el doble de las que lo hicieron en zonas urbanas. Sabemos que las uniones tempranas de niñas y adolescentes las coloca en situación de mayor vulnerabilidad y en riesgo de sufrir violencia, sobre todo, al unirse con hombres mayores. 

En el tema de “matrimonios forzados o venta de niñas”, no existen estadísticas  registradas ya que están prohibidas por la ley, y se realizan en regiones muy apartadas de la montaña de Guerrero, y la zonas de los altos de Chiapas, por lo que, este número de uniones a edades tempranas tiende a estar subestimado. Pero lo que es un hecho tangible e inocultable, es que los matrimonios o uniones infantiles forzados en el país se continúan efectuando y más allá de las cifras, lo realmente importante es concientizar a las mujeres, adolescentes y niñas, para que se defiendan “de la voluntad de sus padres” y eviten a toda costa continuar con esos usos y costumbres que atentan contra los derechos de las niñas, niños y adolescentes y a denunciar a quien hace un arreglo económico a cambio de entregar a una menor, porque es un delito y grave. En este país existen dos leyes que son transgredidas cada que una menor de edad es vendida como esposa: la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas —los artículos 28 y 29 establecen el matrimonio forzado como un delito, sin importar si hay o no un pago a los padres, tutores, familiares o cualquiera que ejerza autoridad sobre la persona obligada—, y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que en el artículo 45 establece que la edad mínima para contraer matrimonio es 18 años. Se tienen registradas que más de 60 comunidades del municipio de Metlatónoc en Guerrero, por lo menos  el 40% de niñas son vendidas para matrimoniarlas con hombres desconocidos ajenos a su comunidad, y el precio varía desde  sesenta hasta doscientos mil pesos. Pero también sucede en comunidades indígenas, rurales y marginadas de Chiapas, Veracruz, Oaxaca, y la Sierra Norte de Puebla.  El matrimonio infantil se ha denunciado desde hace mucho tiempo atrás. Que no se equivoque el gobierno federal, no es un tema político. Tiene que ver con la justicia, la igualdad y el derecho a tener una vida digna y libre de violencia.

Fuentes: INEGI, instituto Nacional de las Mujeres, Fiscalía Guerrero, Fiscalía  Chiapas, ONU Mujeres, REDIM 

CUANTO ADENDDUM: muy buena la presentación de su libro “Las Grandes Reformas para el cambio de Régimen”, del Senador Ricardo Monreal en Acapulco el pasado viernes. Arropado por varios senadores de su partido y de la oposición, el zacatecano expuso su visión y proyecto de la 4T, y se declaró listo para competir en el 2024 por la candidatura presidencial de su partido. Los guerrerenses lo vieron con buenos ojos como opción alterna a la favorita del Sr. Presidente y tiene muchos amigos en Guerrero.

COMPARTIR