Por Juan José Romero
A poco más de 10 días para que se cierre el plazo para que los servidores públicos presenten su declaración de situación patrimonial y de interés, el Subsecretario de la Contraloría y Transparencia Gubernamental del estado, Saúl Montufar Mendoza, llamó a cumplir con esta obligación que tienen los servidores públicos al servicio del estado.
“Esto habla desde el servidor público con el nivel más pequeños hasta con el nivel más alto, tenemos la obligación de presentar la declaración, pero quiero aclarar, porque luego hay compañeros que son categoría inferir a jefe de departamento y dicen, yo que voy a declarar, quiero decirles que hay dos tipos de declaraciones, una es la declaración simplificada y la otra es la declaración completa”, expuso.
Puntualizó que los trabajadores con las categorías inferiores tienen la obligación de presentar su declaración simplificada, la cual está dirigida para aquellos trabajadores que tiene una categoría inferior a jefe de departamento, en la cual solo requieren de su contraseña o curp, y deberán presentar sus datos personales, datos de su dependencia y la sumatoria de los ingresos que tuvieron en el ejercicio 2023, “y prácticamente es todo”.
“Ellos no declaran si tienen algún otro ingreso, por eso simplificada, y la completa ahí sí, la realizamos todos los que tenemos una categoría de jefe de departamento hacia arriba, el último nivel”, apuntó.
Para los jefes de departamento, es necesario dijo Montufar Mendoza, presentar datos de los ingresos y si tiene algún otro ingreso además de su sueldo, o la venta de un inmueble o un vehículo, además si adquirieron algunos de estos, es decir, un auto o una casa.
La idea es transparentar los ingresos y egresos de los servidores públicos para evitar dudas de la ciudadanía que pudiera hacer señalamientos de algún servidor por tener una casa o un auto cuando su salario no da para ello, detalló.
El funcionario estatal reiteró su llamado a fin de que los servidores no dejen para el último esta obligación ya que pueden tener problemas al presentar esta obligación por la saturación del sistema.
Agregó que quienes no presenten dicha obligación, aun pueden considerarse validas quienes las presenten hasta el 1 de junio, pero quienes no lo hagan se les iniciará un procedimiento administrativo que les da un plazo de otros 30 días más y en caso de no presentar su declaración, se les puede aplicar sanciones que contempla la Ley 465 contempla y que va de una amonestación o destitución del cargo, “por eso invito a que no esperemos a llegar a estas consecuencias”, sostuvo.