Enfoque Informativo

Existe “falta de cumplimiento de los tres poderes del estado de Guerrero a la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) por agravio comparado, dictada a la entidad el 5 de junio de 2020”, denunció el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF).

Dicha red conformada por 43 agrupaciones civiles, precisó que el plazo interpuesto por la Secretaría de Gobernación (Segob), a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) fue de 18 meses, tiempo en el que los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial debían implementar diversas medidas.

Entre ellas “reformar el artículo 159 del Código Penal del Estado, eliminando la fracción I, para que quede armonizado con la Ley General de Salud, Ley General de Víctimas y la NOM-046-SSA2-2005 Violencia familiar, sexual y contra las Mujeres”, así mismo la Fiscalía General del Estado de Guerrero debía “fortalecer la Fiscalía Especializada en Delitos Sexuales y Violencia Familiar para la Atención de Delitos Sexuales” para contribuir a dar mejor atención a mujeres víctimas de violencia sexual.

Detalló que fueron 13 las medidas dictadas a los tres poderes, nueve de ellas de prevención, tres de seguridad y una de justicia.

“Estas medidas pudieron cumplirse en menos tiempo del establecido por la Segob, si las autoridades hubieran tenido el compromiso y la responsabilidad de garantizar la salud sexual y reproductiva de las niñas, adolescentes y mujeres guerrerenses”, consideraron el OCNF y el Observatorio de Violencias contra las Mujeres Guerrero.

Llamaron a Evelyn Salgado Pineda, gobernadora del estado (quien asumió el cargo en octubre pasado) a que su gobierno cumpla de manera “cabal las 13 medidas dictadas por la Segob en beneficio de las mujeres, niñas y adolescentes guerrerenses” y “que informe cómo dará cumplimiento a estas medidas”.

Conminaron a la Fiscalía del estado a que “implemente acciones para garantizar el acceso a la justicia a las mujeres víctimas de violencia sexual, así como la atención adecuada para la Interrupción Legal del Embarazo a quienes han sido víctimas de dicho delito”.

En tanto, “al Poder Legislativo, hacemos un llamado para que la LXIII Legislatura realice la Reforma el artículo 159 de Código Penal, en el apartado sobre aborto, acorde a la resolución emitida por la SCJN en la acción de inconstitucionalidad 148/2017, promovida por la Procuraduría General de la República, que señala que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta y se pronunció a favor de garantizar el derecho de las mujeres y persona gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales”.

Así mismo instaron al poder judicial a “llevar a cabo la revisión de los casos judiciales de mujeres privadas de la libertad imputadas por el delito de aborto y homicidio en razón de parentesco en todos los distritos del estado de Guerrero, garantizando mediante procesos o recursos legales pertinentes su declaración de inocencia, excarcelacion y la reparación del daño de conformidad con el Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero 499 y la Ley General de Víctimas”.

Recordaron que la solicitud de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Agravio Comparado fue realizada por organizaciones de la sociedad civil, el 8 de marzo de 2019, debido a la “grave situación de discriminación contra las mujeres y la falta de acceso a servicios especializados de salud, que incluyen la interrupción legal del embarazo”.

Sin embargo, “al haber incumplido el plazo de los primeros meses meses que se había otorgado al estado para evidenciar los avances en la protección de la vida, integridad y seguridad de las mujeres, niñas y adolescentes guerrerenses, el 5 de junio de 2021 le fue declarada la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por agravio comparado, dándole un período de 18 meses para la implementación de las medidas”.

El estado de “Guerrero fue sentenciado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), organismo que el 1 de octubre de 2010 dictó dos sentencias contra el Estado Mexicano por su responsabilidad en la violación sexual cometida en contra de las mujeres Me’phaa, Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú por parte de militares en el año 2002.

“Entre los resolutivos se encuentran que el estado deberá continuar con un proceso de estandarización de un protocolo de actuación, para el ámbito federal y el estado de Guerrero, respecto a la atención e investigación de violaciones sexuales considerando, en lo pertinente los parámetros establecidos en Estambul y en las directrices de la Organización Mundial de la Salud”.

Los observatorios indicaron que “pese a ello, lastimosamente, Guerrero es el primer estado a nivel nacional, que no entrega evidencia alguna sobre el cumplimiento de la AVGM por agravio comparado, sumado a lo anterior, hubo cambio de gobierno a nivel estatal, así como del Congreso, evidenciando su nulo compromiso con la vida de las mujeres guerrerenses, anteponiendo incluso prejuicios religiosos por encima de los derechos humanos.

“A ello se suma que el mecanismo de AVGM no prevé ninguna sanción ante el incumplimiento de las medidas decretadas, lo que agrava la situación de la salud reproductiva y sexual de las mujeres en Guerrero, dejándolas en la indefensión”.

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