Por: Juan José Romero

Se trata de un caso juzgado, aseguró el Presidente del Tribunal Universitario, Isaías Sánchez Nájera.

El amparo interpuesto contra la resolución emitida por la Sala Superior del Tribual del Poder Judicial de la Federación sobre el proceso electivo de rector de la Universidad Autónoma de Guerrero (UAGro), no tiene materia de análisis porque se trata de un caso juzgado, aseguró el Presidente del Tribunal Universitario, Isaías Sánchez Nájera.

Comentó que el hecho de que una de las partes en este caso la catedrática, Silvia Alemán Mundo está en su derecho de ampararse pero aseguró esto no quiere decir que el resolutivo tenga que emitirse a su favor, incluso proyectó que dicho amparo puede sobreseerse ” en el camino”, indicó.

“Es un derecho que tienen las partes, sin embargo, ello desde una óptica Constitucional no significa que necesariamente tenga que resolverse a su favor, estos son temas de fondo que se tienen que analizar, en el caso de que haya una admisión, me parece que con independencia desde el fondo sin entrar en detalles, creo que no hay materia de análisis porque ya fue juzgado”, explicó.

Dijo además que desde su punto de vista “se va a negar”, o en su defecto, una vez recibido, si se advierte durante la tramitación del juicio que existe una causa de improcedencia se sobresee, es decir, se interpreta como no interpuesta (el amparo), apuntó.

Sin embargo, si se admite y hay un análisis de fondo, desde su punto de vista insistió que el amparo en mención no será concedido porque se trata de un asunto ya juzgado, “es un caso juzgado, desde mi punto de vista porque se ha acudido a todos los tribunales competentes conforme a las sistemática y cadena impugnativa”.

Sánchez Nájera dijo además que toda la cadena impugnativa se agotó, pero el derecho existe y le asiste a la quejosa, “pero no a todos los asiste la razón”, e insistió que dicha impugnación no tiene futuro, sostuvo.

Explicó que el amparo va encaminado a cuestionar lo que al principio hicieron, es decir, el impedimento de participar en el proceso, en este caso por parte de Silvia Alemán la cual no reunió los requisitos de acuerdo a la convocatoria emitida por la máxima casa de estudios, y la legislación universitaria lo mismo que las reglamentación universitaria.

De igual manera el tema de la reelección que dijo el también ex magistrado del Tribunal Electoral ya fue analizado, incluso la respuesta la otorgó en su momento el Tribunal Universitario, cuyo caso no debió dijo entrar en análisis, pero en un afán de brindar una justicia amplia y adecuada se entró al análisis pero que se carecía de medios probatorios.

Y lo mismo pasó cuando se acudió al Tribunal Electoral que se declaró incompetente por tratarse de una elección universitaria y no Constitucional que es la materia de los magistrados electorales; la otra instancia que fue el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el cual les dijo lo mismo, es decir, no era competente para conocer de la elección universitaria, por lo que el amparo interpuesto tendría el mismo resultado desde su punto de vista dijo Sánchez Nájera.

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