Enfoque Informativo

El Congreso del Estado aprobó un Anexo al “Protocolo para desarrollar de manera libre, previa, informada y de buena fe el proceso de Consulta para poder crear, reformar, adicionar o derogar las leyes que impacten en la esfera de derechos a las comunidades y pueblos indígenas y afromexicanos”, con el objetivo de dar cumplimiento a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por la Acción de Inconstitucionalidad 299/2020 en materia de “Educación indígena” y “Educación inclusiva”.

Esto en un acuerdo parlamentario propuesto por la Junta de Coordinación Política (Jucopo), donde se señala que para dar cumplimiento a las acciones de inconstitucionalidad del máximo tribunal del país, la Comisión Permanente aprobó el pasado mes de febrero dicho Protocolo, mismo que fue ratificado por el Pleno del H. Congreso en sesión de fecha 3 de marzo de 2022.

Entre los objetivos está consultar de manera previa, libre, informada, culturalmente adecuado y de buena fe a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas con relación al Capítulo VI denominado “Educación indígena”, conformado por los artículos 39, 40 y 41, y el Capítulo VIII denominado “Educación inclusiva”, conformado por los artículos 44, 45, 46, 47 y 48, de la Ley de Educación del Estado de Guerrero.

Precisa el documento que por efecto de la multicitada resolución, se ordenó al Congreso del Estado que en un término de 18 meses contados a partir de la notificación de los Puntos Resolutivos, realizar las modificaciones legales, previa consulta, a: 1. Personas con Discapacidad, y 2), Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.

Abunda que estos procesos de Consulta mandatados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación se encuentran fundamentados en los artículos 6 y 7 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos y Comunidades Indígenas y Tribales; artículo 4 de la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; artículos 1 y 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 3 y 4 de la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

En el caso de las personas con discapacidad, la Consulta será previa, pública y regular; estrecha y con participación preferentemente directa de las personas con discapacidad; accesible, informada, significativa, con participación efectiva y transparente.

Especifica también que el Poder Legislativo será la autoridad responsable, a través de la Junta de Coordinación Política, la cual tendrá la facultad de coordinar el proceso, y en calidad de coadyuvante el Poder Ejecutivo del Estado de Guerrero, a través de las Secretarías General de Gobierno, de Asuntos Indígenas y Afromexicanas, del Bienestar, de Educación, de Salud, así como del Sistema de Desarrollo Integral de la Familia y el Centro de Rehabilitación Integral de Guerrero.

Además de los pueblos y comunidades Indígenas y afromexicanas del estado y las personas con discapacidad, serán consultados los que ejercen la patria potestad, la tutela, las organizaciones que los representan e instituciones que les atienden, y en todo momento se respetará la decisión que tomen estas personas, cuando así se puedan expresar.

Además, para coadyuvar en el proceso se creará un Grupo Técnico interinstitucional conformado por representantes de las instancias oficiales mencionadas, que por razón de su competencia legal atienden a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como a las personas con discapacidad, quienes proporcionarán la información e insumos que requieran o soliciten los actores de la Consulta.

Asimismo, se invitará a la Comisión de los Derechos Humanos del Estado para que, en ejercicio de su autonomía e independencia, pueda supervisar y vigilar el adecuado desarrollo de los procesos de Consulta en materia de educación, mientras que los traductores e intérpretes para los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas serán designados por las Asambleas Comunitarias o por las propias autoridades tradicionales reconocidas, bajo sus propios sistemas normativos de usos y costumbres, garantizando que todas las personas puedan expresarse en sus lenguas maternas, así como para informar a las y los sujetos parte de la Consulta sobre los contenidos de la misma.

Acuerdos

En la misma sesión, el Grupo Parlamentario del PRI propuso un Punto de Acuerdo para crear una Comisión Especial de diputados que investigue y contribuya a esclarecer los hechos relacionados con la alteración de lo aprobado por la LXIII Legislatura sobre la Ley Número 179 del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guerrero, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, edición extraordinaria de fecha 14 de abril de este año, por no coincidir con lo aprobado por el Pleno en sesión del 12 de abril de 2022.

A la Comisión de Desarrollo Agropecuario y Pesquero se turnó un exhorto propuesto por el diputado Adolfo Torales Catalán, dirigido al secretario de Agricultura y Desarrollo Rural del Gobierno Federal, para que de acuerdo con las reglas de operación del Programa de Fertilizantes 2022 se garantice la entrega oportuna de este insumo a los agricultores de Guerrero.

Iniciativas

A la Comisión de Justicia se turnó una iniciativa de Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Guerrero y sus Municipios, propuesta por el diputado Carlos Cruz López, a efecto de que el Estado se haga responsable por los daños que, con motivo de alguna actividad administrativa irregular, cause en los bienes o derechos de los particulares, garantizándoles el derecho a una indemnización conforme a las bases, límites y procedimientos que establezcan las leyes.

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